Nuevas reglas antilavado en México: obligaciones y fechas clave para 2027

Las personas y empresas que realizan actividades vulnerables tendrán que reforzar la manera en que identifican a sus clientes, evalúan riesgos y monitorean operaciones.

El 7 de agosto de 2026, la Secretaría de Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones a las Reglas de Carácter General de la Ley Antilavado. Las nuevas obligaciones comenzarán a aplicarse de manera gradual entre 2026 y 2028.

¿A quiénes afectan las nuevas reglas?

Aplican a quienes realizan alguna de las actividades vulnerables previstas en la LFPIORPI, por ejemplo:

  • Compraventa, construcción y arrendamiento de muebles.
  • comercialización de vehículos, joyería, metales preciosos y obras de arte.
  • Otorgamiento de préstamos o créditos fuera del sistema financiero.
  • Juegos, sorteos y concursos.
  • Recepción de donativos en los caos establecidos por la ley.
  • Servicios relacionados con activos virtuales.
  • Determinados servicios profesionales, notariales y aduanales.
La actividad, la forma de realizarse y los montos de las operaciones de terminan su existen obligaciones de identificación o prestación de avisos.

Atención contadores:

Llevar la contabilidad o presentar declaraciones de un cliente no los convierte automáticamente en sujetos obligados. Sin embargo, las reglas sí son relevantes cuando asesoran a empresas que realizan actividades vulnerables o ejecutan determinadas operaciones en nombre de sus clientes.

¿Qué cambia?

Los sujetos obligados deberán fortalecer cinco áreas principales:

  • Evaluar sus riesgos. Tendrán que analizar los riesgos relacionados con sus clientes, servicios, operaciones y zonas geográficas.

  • Clasificar a sus clientes. Deberán asignarles un nivel de riesgo y aplicar controles reforzados cuando corresponda.

  • Identificar al beneficiario controlador y a las PEP. Será necesario saber qué persona física controla o se beneficia finalmente de una operación e identificar a personas políticamente expuestas.

  • Actualizar sus políticas. Deberán contar con un manual interno, capacitar al personal y conservar evidencia del cumplimiento.

  • Monitorear operaciones. Necesitarán mecanismos automatizados adecuados a su volumen y nivel de riesgo para integrar información, detectar cambios en el perfil transaccional y generar alertas.
  • Además, se incorpora una revisión anual del cumplimiento. En los casos de riesgo alto, la auditoría deberá cumplir requisitos específicos.
    Fecha ¿Qué sucede?
    30 de noviembre de 2026 Entrada en vigor general del acuerdo.
    1 de marzo de 2027 Comienza la aplicación de la evaluación de riesgos, el manual interno, la clasificación de clientes y las medidas para conocer al cliente y al beneficiario controlador.
    1 de junio de 2027 Fecha límite para tener en operación los mecanismos automatizados de monitoreo.
    Durante 2027 Primer periodo anual de capacitación del personal.
    Durante 2028 Primer ejercicio sujeto a auditoría de cumplimiento.

    Fechas que debes tener presentes:

    Algunos cambios relacionados con avisos dependerán de la actualización de los formatos oficiales. Por ello, será necesario seguir las publicaciones de la SHCP, la UIF y el SAT.

    ¿Qué deben hacer las empresas desde ahora?

    No es necesario esperar a 2027. Los sujetos obligados pueden comenzar con estas acciones:

  • Confirmar qué actividad vulnerable realizan y qué obligaciones les corresponden.

  • Revisar que su registro y datos estén actualizados.

  • Detectar expedientes incompletos de clientes y beneficiarios controladores.

  • Elaborar su evaluación de riesgos y actualizar el manual interno.

  • Revisar si sus sistemas permiten acumular operaciones, clasificar clientes y generar alertas.

  • Definir responsables y un calendario de implementación.
  • Lo más importante

    La reforma cambia el enfoque del cumplimiento: ya no será suficiente conservar expedientes y presentar avisos. Los sujetos obligados deberán demostrar que conocen sus riesgos, identifican adecuadamente a sus clientes y mantienen controles acordes con su operación.

    Los próximos meses serán clave para prepararse sin prisas y evitar que las nuevas fechas lleguen con expedientes, manuales o sistemas incompletos.

    Nota: Este contenido es informativo y no sustituye el análisis jurídico o de cumplimiento de cada caso.

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